lunes, 28 de marzo de 2011

Sunat aprobó nuevo formulario virtual para la declaración y pago mensual del IGV

Además un nuevo formulario para retención del Impuesto a la Renta de segunda categoría.

 La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) informó hoy que ya se aprobó la nueva versión del Formulario Virtual para la declaración y pago mensual del Impuesto General a las Ventas (IGV), el cual incorpora la reciente reducción en la tasa del impuesto de 19 a 18 por ciento.

Agregó que a partir del 1 de marzo está vigente la nueva tasa del IGV como resultado de la puesta en vigencia de la Ley N° 29666, publicada el 20 de febrero.

La Sunat estableció que el Formulario Virtual N° 621 (PDT IGV – Renta Mensual versión 4.9) está a disposición de los contribuyentes desde del 25 de marzo en el portal institucional (www.sunat.gob.pe) y su obligatoriedad será a partir del 1 de abril próximo en todos los casos.

Por otro lado, el ente recaudador también aprobó la nueva versión del Formulario Virtual utilizado para las retenciones al Impuesto a la Renta de segunda categoría, el cual se encuentra a disposición de los contribuyentes desde el 25 de marzo y su uso también será obligatorio a partir del 1 de abril.

El Formulario Virtual N° 617 (PDT Otras Retenciones versión 2.0) incorpora la nueva tasa de 4.99 por ciento se aplicará a los intereses que reciben las personas naturales y jurídicas no domiciliadas en el país, provenientes de bonos y otros instrumentos de deuda, depósitos o imposiciones efectuados.

Asimismo, se aplicará a los intereses producto de incrementos de capital de dichos depósitos e imposiciones en moneda nacional o extranjera, operaciones de reporte, pactos de recompra y préstamo bursátil y otros intereses provenientes de operaciones de crédito de las empresas.

Además la Sunat precisó que el Formulario Virtual N° 621 Simplificado no podrá ser utilizado por aquellos contribuyentes que necesiten consignar en la casilla “Compras Gravadas Netas”, información sobre adquisiciones de bienes, prestaciones o utilizaciones de servicios, contratos de construcción o importaciones por las que se aplicó una tasa del IGV distinta a la vigente en el período a declarar.

La Sunat, a través de sus dependencias y Centros de Servicios al Contribuyente, facilitará la obtención de los indicados PDT a aquellos contribuyentes que no tuvieran acceso a Internet, para lo cual éstos deberán proporcionar los medios magnéticos que sean necesarios.