Además un nuevo formulario para retención del Impuesto a la Renta de segunda categoría.
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) informó hoy que ya se aprobó la nueva versión del Formulario Virtual para la declaración y pago mensual del Impuesto General a las Ventas (IGV), el cual incorpora la reciente reducción en la tasa del impuesto de 19 a 18 por ciento.
Agregó que a partir del 1 de marzo está vigente la nueva tasa del IGV como resultado de la puesta en vigencia de la Ley N° 29666, publicada el 20 de febrero.
La Sunat estableció que el Formulario Virtual N° 621 (PDT IGV – Renta Mensual versión 4.9) está a disposición de los contribuyentes desde del 25 de marzo en el portal institucional (www.sunat.gob.pe) y su obligatoriedad será a partir del 1 de abril próximo en todos los casos.
Por otro lado, el ente recaudador también aprobó la nueva versión del Formulario Virtual utilizado para las retenciones al Impuesto a la Renta de segunda categoría, el cual se encuentra a disposición de los contribuyentes desde el 25 de marzo y su uso también será obligatorio a partir del 1 de abril.
El Formulario Virtual N° 617 (PDT Otras Retenciones versión 2.0) incorpora la nueva tasa de 4.99 por ciento se aplicará a los intereses que reciben las personas naturales y jurídicas no domiciliadas en el país, provenientes de bonos y otros instrumentos de deuda, depósitos o imposiciones efectuados.
Asimismo, se aplicará a los intereses producto de incrementos de capital de dichos depósitos e imposiciones en moneda nacional o extranjera, operaciones de reporte, pactos de recompra y préstamo bursátil y otros intereses provenientes de operaciones de crédito de las empresas.
Además la Sunat precisó que el Formulario Virtual N° 621 Simplificado no podrá ser utilizado por aquellos contribuyentes que necesiten consignar en la casilla “Compras Gravadas Netas”, información sobre adquisiciones de bienes, prestaciones o utilizaciones de servicios, contratos de construcción o importaciones por las que se aplicó una tasa del IGV distinta a la vigente en el período a declarar.
La Sunat, a través de sus dependencias y Centros de Servicios al Contribuyente, facilitará la obtención de los indicados PDT a aquellos contribuyentes que no tuvieran acceso a Internet, para lo cual éstos deberán proporcionar los medios magnéticos que sean necesarios.
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) informó hoy que ya se aprobó la nueva versión del Formulario Virtual para la declaración y pago mensual del Impuesto General a las Ventas (IGV), el cual incorpora la reciente reducción en la tasa del impuesto de 19 a 18 por ciento.
Agregó que a partir del 1 de marzo está vigente la nueva tasa del IGV como resultado de la puesta en vigencia de la Ley N° 29666, publicada el 20 de febrero.
La Sunat estableció que el Formulario Virtual N° 621 (PDT IGV – Renta Mensual versión 4.9) está a disposición de los contribuyentes desde del 25 de marzo en el portal institucional (www.sunat.gob.pe) y su obligatoriedad será a partir del 1 de abril próximo en todos los casos.
Por otro lado, el ente recaudador también aprobó la nueva versión del Formulario Virtual utilizado para las retenciones al Impuesto a la Renta de segunda categoría, el cual se encuentra a disposición de los contribuyentes desde el 25 de marzo y su uso también será obligatorio a partir del 1 de abril.
El Formulario Virtual N° 617 (PDT Otras Retenciones versión 2.0) incorpora la nueva tasa de 4.99 por ciento se aplicará a los intereses que reciben las personas naturales y jurídicas no domiciliadas en el país, provenientes de bonos y otros instrumentos de deuda, depósitos o imposiciones efectuados.
Asimismo, se aplicará a los intereses producto de incrementos de capital de dichos depósitos e imposiciones en moneda nacional o extranjera, operaciones de reporte, pactos de recompra y préstamo bursátil y otros intereses provenientes de operaciones de crédito de las empresas.
Además la Sunat precisó que el Formulario Virtual N° 621 Simplificado no podrá ser utilizado por aquellos contribuyentes que necesiten consignar en la casilla “Compras Gravadas Netas”, información sobre adquisiciones de bienes, prestaciones o utilizaciones de servicios, contratos de construcción o importaciones por las que se aplicó una tasa del IGV distinta a la vigente en el período a declarar.
La Sunat, a través de sus dependencias y Centros de Servicios al Contribuyente, facilitará la obtención de los indicados PDT a aquellos contribuyentes que no tuvieran acceso a Internet, para lo cual éstos deberán proporcionar los medios magnéticos que sean necesarios.