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martes, 1 de julio de 2014


Desde hoy rige reducción de la tasa de detracción


A partir de hoy entrá en vigencia la reducción de la tasa de detracción del 12% al 10% para las actividades de servicios, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

La medida alcanza a los contribuyentes de los rubros Otros servicios empresariales y Demás servicios gravados con el IGV, incluidos en los numerales 5 y 10 del anexo 3 de la Resolución de Superintendencia N° 183-2004/Sunat.

Dicha reducción de la tasa de detracción, aprobada mediante la Resolución de Superintendencia N° 203-2014/Sunat, se aplicará a aquellas operaciones cuyo momento para efectuar el depósito se produzca a partir del 1 de julio del presente año.

Confirmación
De esta manera, la medida se implementará de acuerdo con lo anunciado la semana pasada por la jefa de la entidad recaudadora, Tania Quispe Mansilla.

Además, la reducción de la tasa de detracción del 12 % al 10% para las actividades de servicios complementa las medidas anunciadas por el ministro de Economía para la reactivación del aparato productivo nacional.

Beneficio
La reducción de la referida tasa beneficiaría a más de 170,000 contribuyentes por el efecto financiero de una mayor liquidez, que se estima en cerca de S/. 1,800 millones anuales.


viernes, 20 de junio de 2014


Sunat reducirá detracciones a 10% y beneficiará a 170 mil contribuyentes


La jefa de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat), Tania Quispe, anunció que la tasa de detracciones del IGV que se aplicaba a los servicios se reducirá de 12% a 10%, en el marco del paquete de medidas para reactivar la economía anunciado por el Gobierno.

Explicó que esta medida liberará S/. 1,800 millones a favor del sector empresarial y beneficiará a 170 mil contribuyentes. “Esto es directo a la vena y genera liquidez para que el empresariado pueda utilizar estos recursos en su actividad”, manifestó.

El régimen de detracciones consiste en que el comprador de los bienes o servicios afectos a este sistema debe descontar (detraer) un porcentaje del precio de venta y depositarlo en una cuenta especial, habilitada por el Banco de la Nación, a nombre del proveedor o quien le preste el servicio.

Los fondos de la cuenta sólo pueden ser destinados para el pago de las deudas tributarias, aportaciones a ESSALUD, ONP, costas y gastos.

Quispe señaló que también están evaluando todos los productos afectos a detracciones para ver cuáles han sido eficaces en el combate de la evasión y cuáles no. “La idea es ir reduciendo los productos que están sujetos a detracciones para dejar allí a aquellos que son más sensibles”, añadió.

Respecto al régimen de percepciones del IGV, la jefa de Sunat dijo que las medidas anunciadas por el Ejecutivo apuntan a retirar de este sistema a las personas naturales sin fines comerciales, “que lamentablemente estuvieron implicados”, añadió.

“Cuando retiremos a estas personas naturales sin fines comerciales del sistema de percepciones vamos a beneficiar a 300 mil personas que estaban implicadas en estos procesos, que estaban castigando injustamente a un sector de la población”, indicó.

Como se sabe, el sistema de percepciones consiste en la obligación que se ha impuesto a las empresas vendedoras (agentes de percepción) de cobrar por anticipado una parte del IGV a sus clientes por las ventas futuras que estos van a realizar.

Quispe también anunció que se eliminarán las costas y gastos de los procesos de embargo, lo cual beneficiará a más de 30 mil contribuyentes mensualmente.

“Hacia atrás, en todos los embargos que ya se hicieron, también hay la posibilidad de eliminar los gastos y costas generados en procesos de embargo, con lo cual se va a beneficiar a 400 mil contribuyentes”, destacó.

Respecto a la reducción de deuda tributaria por S/. 20,000 millones anunciada por el ministro de Economía, Luis Miguel Castilla, que beneficiará a 180 mil contribuyentes, la jefa de Sunat señaló que esta es una deuda antigua que se arrastra desde el 2006 y que tenía que sincerarse.

“Estamos hablando de una deuda histórica que hoy por hoy tiene un valor total de 120 mil millones de soles, deuda de la cual un buen porcentaje ya no es pagable, se trata de muchas empresas que ya desaparecieron y todavía tienen juicios pendientes", expresó.

martes, 17 de junio de 2014


Fijan actividades sujetas a sistema de pago fiscal
  

La construcción de proyectos públicos, la instalación de líneas de transmisión de energía eléctrica y las obras auxiliares en zonas urbanas, así como la implementación de sistemas de alumbrado y señales eléctricas en las calles, se encuentran sujetas al Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT) como contratos de construcción.

Así lo estableció la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) mediante el Informe N° 055-2014-Sunat/4B0000, por medio del cual se absuelve una consulta formulada por un contribuyente.

En consecuencia, la autoridad tributaria determinó que a tales operaciones se les deberá aplicar el porcentaje de detracción del 4%.

Sustentación
El artículo 12 de la Resolución de Superintendencia N° 183-2004/Sunat establece como operaciones sujetas al SPOT a los contratos de construcción y servicios gravados con el IGV señalados en su anexo 3.

El numeral 9 de dicho anexo incluye en el SPOT a los contratos de construcción con el mencionado porcentaje, entendiéndose como tales a los que se celebren respecto de las actividades comprendidas en el inciso d) del artículo 3 de la Ley del IGV, con excepción de aquellos que consistan solo en el arrendamiento, subarrendamiento o cesión en uso de equipo o construcción dotado de operario.

Ese inciso señala que se entiende por construcción a las actividades catalogadas como construcción en la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU) de las Naciones Unidas.

La Sunat toma en cuenta que de acuerdo con un informe del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las actividades de construcción de proyectos públicos, instalación de líneas de transmisión de energía eléctrica y las obras auxiliares en zonas urbanas se clasifican en la CIIU Revisión 4 como de clase 4220 (construcción de proyectos de servicio público).

En tanto que, según el INEI, la instalación de sistema de alumbrado y señales eléctricas en las calles se catalogan en la CIIU Revisión 4 como de tipo 4321 (instalaciones eléctricas).

Detraccion
El SPOT consiste en la detracción (descuento) que hace el comprador o usuario de un bien o servicio afecto al sistema de un porcentaje del importe a pagar por la operación.

Esto para depositarlo en una cuenta corriente del Banco de la Nación a nombre del vendedor o prestador del servicio, que usará los fondos de su cuenta para pagar deudas tributarias.

lunes, 9 de abril de 2012

Sunat afirma que pago de detracciones también se puede realizar por Internet

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) recordó hoy que los adquirientes de cualquiera de los bienes y servicios sujetos al sistema de detracciones pueden realizar el pago de las detracciones que le corresponde a través de Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe), sin necesidad de acercarse a una oficina del Banco de la Nación.

Explicó que para ello sólo se deberá afiliar una cuenta corriente o de ahorros abierta en los bancos: Scotiabank, BCP, BBVA Continental, Interbank o Citibank. También lo podrá hacer afiliando una tarjeta Visa Verified.

Con esta afiliación se deberá ingresar a Sunat Operaciones en Línea (SOL) disponible en la página web www.sunat.gob.pe y seleccionar la opción Mis declaraciones y pagos/detracciones/pago de detracciones.
De esta manera, se podrá hacer el pago de las detracciones en línea con cargo en ellas de manera segura.
El módulo permite hacer el pago de detracciones de forma individual ingresando directamente los datos en la pantalla, o de forma masiva, para lo cual se deberá cargar el archivo con la información de las detracciones a pagar.
El detalle del archivo TXT que se debe cargar, se podrá obtener en el instructivo colgado en la ruta http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php?option=com_content&view=article&id=738:instructivos-demos-y-formato&catid=114:instructivos-y-demos&Itemid=184.

El módulo permite imprimir y enviar por correo electrónico, a la dirección que se considere, la constancia de la detracción realizada, a efecto de poder llevar el control de ellas y acreditar ante su proveedor el pago de la misma.

También permite revisar las detracciones realizadas en un rango de fechas y la modalidad de ellas. (ANDINA).