Mostrando entradas con la etiqueta Renta de cuarta categoría. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Renta de cuarta categoría. Mostrar todas las entradas

martes, 13 de enero de 2015


Casos prácticos de calculo de renta de 4ta categoría 2015


El día lunes se promulgo la Resolución Sunat 002-2015, donde se menciona que contribuyentes no están obligados a realizar pagos a cuenta de renta de 4ta categoría.

En resumen si tu ingresos mensuales no superan los S/. 2,807 mensuales no estarás obligado a realizar pagos a cuenta (si deseas saber porque ese monto, te adjunto una foto donde con dicho monto el impuesto es “0” aproximadamente).

Casos Prácticos
1. Miguel Torres presta servicio de vigilancia , el emite sus recibos por honorarios a las empresas que lo contratan, mensualmente emite por un monto de S/. 4,500. ¿Calcular el impuesto de 4ta categoría anual?




Recuerden que para el calculo de renta de 4ta categoría a sus ingresos brutos se realiza un descuento del 20%, luego de ello se descuenta 7UIT y finalmente se aplica la tasas de impuestos.

2. Miguel Torres presta servicio de carpintero , el emite sus recibos por honorarios a las empresas que lo contratan, mensualmente emite por un monto de S/. 5,700. ¿Calcular el impuesto de 4ta categoría anual?


Tengan en cuenta que a partir del 2015 las tasas del impuesto a la renta han cambiado, así también para saber que tasas aplicar debes guiarte de la renta neta de trabajo y verificar hasta que tramo llega.

Recomendaciones

1. Un error que he notado mucho en casi el 80% de profesionales es que en el mes enero de cada año solicitan su suspensión de 4ta categoría, luego emiten como locos sus recibos por honorarios en todo el año.

Recuerda si tu sabes que tus ingresos proyectados van superar los 33, 688 para este 2015, no solicites tu suspensión, es mejor tener un crédito de retención para disminuir el pago anual.

2. Algo que tienes que tener en cuenta es que el no pagar este impuesto, te puede traer problemas de embargo, inclusive contra tu peculio.

3. Ten presente que la tasa de retención de renta de 4ta categoría para este 2015 es 8%.


Fuente: CPC Miguel Torres Chauca

viernes, 1 de agosto de 2014


Empieza la afiliación de los trabajadores independientes a la ONP o AFP



La Sunat estima que unos 5,7 millones de personas ingresarán al sistema previsional.

Desde hoy empieza la afiliación previsional obligatoria de los trabajadores independientes menores de 40 años, ya sea en el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) o en el Sistema Privado de Pensiones (SPP).

Están incluidas aquellas personas que tengan una remuneración mensual mayor o igual a S/.750.

La Sunat estima que existen 5 millones 700 mil personas inscritas como trabajadores independientes y que deberán afiliarse y cotizar.

Los trabajadores independientes estarán obligados a aportar el 2.5% del monto emitido en sus recibos por honorarios a la AFP o el 5% a la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

Desde agosto en adelante, al aporte de AFP, de 2.5%, se le debe sumar 1.23% de la prima de seguros y el pago por la administración que le cobre la firma recaudadora.

Los que opten por la ONP pagarán una tasa de 5% el primer año. Luego será de 7.5% del 2015 al 2016, de 10% del 2016 al 2017, y de 13% a partir del 2017.

¿Quiénes son independientes?
Trabajadores independientes son quienes perciben rentas de cuarta categoría y quienes se hallan en el denominado cuarta-quinta, es decir, que brindan un servicio en forma independiente con contratos de prestación en el lugar y horario designados por quien lo requiere.