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jueves, 29 de enero de 2015

Hasta el 31 de enero empleadores podrán registrar datos de trabajadores




El  Ministerio de  Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) recordó que la obligación de los empleadores de registrar nuevos datos sobre la situación educativa de sus trabajadores, ya sea del sector público como del privado, vence este 31 de enero de 2015.

Recordó que los nuevos datos que se deben registrar son formación, debiendo precisar si los estudios se cursaron en una institución educativa del Perú o del extranjero. Asimismo, el nombre de la institución donde cursaron los estudios, la carrera elegida y el año de egreso.

Los datos brindados por los empleadores permitirán generar información acerca de la situación de algunas carreras e instituciones formativas, como institutos y universidades, en el mercado de trabajo.

Además, se podrá conocer el tiempo en que se demora un profesional para insertarse en el mercado de trabajo formal, las remuneraciones que percibe, la cantidad de ocupados y la rentabilidad de las carreras.

Esta información será recogida por el Observatorio “Ponte en Carrera”, el cual estará a disposición de los jóvenes peruanos y permitirá brindarles herramientas acerca de sus elecciones de formación técnica y/o profesional.

Las empresas que no hayan registrado los nuevos datos de sus empleadores estarán sujetas a una fiscalización realizada por los inspectores de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). De no cumplir con esta disposición, esta entidad podrá aplicar sanciones.      

En caso los empleadores tengan alguna consulta o duda en el llenado de la Planilla Electrónica, pueden llamar a la línea gratuita 0800 -1-6872, a través de la cual, el Ministerio de Trabajo brinda orientación. El horario de atención para las consultas es de 7 a.m. hasta la 5 p.m. 

Además, para el correcto llenado, los interesados podrán acceder a una cartilla instructiva en la cual se ubica en los siguientes enlaces: http://www.trabajo.gob.pe/tregistro_situacioneducativa, y en http://www.trabajo.gob.pe/tregistro_preguntasfrecuentes

miércoles, 19 de noviembre de 2014


Boleta virtual de pago del trabajador se aplicará desde marzo del 2015


Las empresas deberán emitir este documento electrónico siempre y cuando realice el íntegro del pago del trabajador a través del sistema financiero.

A partir del 1 de marzo del 2015 se prevé la implementación de las boletas virtuales de pago de trabajo, según un proyecto prepublicado en el portal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

Ello siempre que la empresa realice el íntegro del pago del trabajador a través del sistema financiero. Dicho pago se registrará en la planilla electrónica y se usará la boleta de pago online.

Procedimiento
La empresa debe previamente entregar al trabajador una constancia de inscripción en el T-Registro de la planilla electrónica y además informar que la boleta física será reemplazada por la representación virtual, la que será notificada a su dirección electrónica.

Asimismo, las boletas virtuales deben ser firmadas por el empleador digitalmente, de acuerdo con las normas sobre certificado digital.

Por último, los trabajadores que soliciten sus boletas virtuales recibirán un soporte físico con la firma ológrafa del empleador por el periodo que requieran dentro de las 72 horas de solicitadas.

Alternativamente, los trabajadores también podrán solicitar al MTPE un reporte físico.

El Dato
El reglamento de planillas D.S. N° 001-98-TR fija las características de las boletas de pago.

martes, 12 de agosto de 2014


Los beneficios de la Responsabilidad Social en la empresa y su impacto en los proveedores



La Responsabilidad Social Laboral (RSL) y su efecto en la productividad es un tema que se trata en el siguiente artículo del presidente de la Asociación de Buenos Empleadores (ABE), Alex Kudzuma, publicado por la revista Aptitus por G de Gestión.

Hoy se escucha mucho sobre el alto porcentaje de informalidad laboral en el país. Ya sabemos que casi los dos tercios de la Población Económicamente Activa (PEA) trabaja como informal.

Esto significa que tenemos una gran cantidad de trabajadores peruanos que no cuentan con un seguro médico, no gozan de vacaciones pagadas, no reciben su Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), ni tampoco cuentan con un fondo de jubilación. Muchos reciben remuneraciones con retraso e incluso por debajo del sueldo mínimo vital.

Ahora, si hablamos del concepto detrás de la RSL, tenemos que hablar no solamente de la formalidad laboral, sino también de establecer buenas prácticas de gestión humana dentro de la empresa, prácticas que tienen como denominador común el respeto a las personas.

Y finalmente está el fomento del desarrollo y la prosperidad, tanto dentro de la empresa como con sus proveedores y la comunidad en general.

¿Cuáles son los beneficios de trabajar en un entorno de RSL?
•Ser una empresa responsable que respeta a su personal y es ejemplo para la comunidad empresarial.
•Los colaboradores que cuentan con un empleo formal tienen más tranquilidad y trabajan mejor.
•Contar con sistemas de evaluación con retroalimentación a sus colaboradores, así como sistemas de
reconocimiento, elevan la productividad del personal.
•Establecer un sistema de pago por mérito, es decir, gana más quien más produce, medido también con la evaluación de desempeño, genera una sana competencia interna y un círculo virtuoso hacia el incremento en la productividad.
•Tener planes de capacitación alineados a las necesidades del personal y de la empresa asegura un mejor rendimiento.
•Capacitando a los jefes y gerentes en liderazgo efectivo e implementando buenas prácticas, se genera un mejor clima laboral, lo que ayuda a disminuir la rotación de personal y reduce los costos de reclutamiento y entrenamiento.
•Las empresas que son laboralmente formales, que tienen un mejor clima y una menor rotación, cuentan con personal que ofrece un mejor servicio y elevan significativamente la productividad de las empresas.

De acuerdo con un estudio elaborado por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), en las microempresas con personal que cuenta con contrato laboral, la productividad es 57% mayor que en aquellas con personal sin contrato. En las empresas pequeñas es 40% mayor, y en las grandes, entre 24 y 33% mayor.

¿Entonces, la RSL se paga o no? Estamos seguros de que sí; los beneficios son mucho mayores que sus costos. Si solo medimos el incremento en la productividad, esto significa mejorar los márgenes operativos, lo que se traduce en mayores utilidades.

¿Qué costos pueden generarse para implementar la RSL?
Si la empresa ya es formal, es decir, si el personal ya está formalmente contratado, implementar buenas prácticas de gestión humana no es complicado, sino más bien una decisión y dedicación para escoger o diseñar un sistema efectivo de evaluación, de reconocimiento y de capacitación.

Ahora bien: qué pasa en las empresas que no son laboralmente formales. Se dice que el motivo principal es el alto costo de la formalidad. Sin embargo, los índices de formalidad son mayores en las empresas grandes, las cuales tienen un sobrecosto laboral mayor (54% de sobrecosto laboral con informalidad de 14%).

En las empresas pequeñas el sobrecosto laboral es de 29% y la informalidad es de 45%, y en las microempresas el sobrecosto laboral es de solo 5% y la informalidad alcanza 89%.

Hay otros factores que hacen que, como país, no podamos disminuir la informalidad. Nuestra legislación laboral es una de las más rígidas del mundo, pero esa legislación se aplica solamente a un tercio de los trabajadores peruanos. Por lo que la legislación laboral peruana solo cubre a una minoría privilegiada.

Para atacar el tema de la informalidad, un primer paso consiste en flexibilizar la rigidez disminuyendo los sobrecostos laborales. Las medidas que está planteando el gobierno en el tema de seguridad y salud en el trabajo es insuficiente.

Depende de un esfuerzo nacional, desde el sector privado, desde el gobierno y también con el decisivo apoyo de los medios de comunicación, que empecemos a hacer el gran cambio, que sin duda contribuirá a asegurar el desarrollo de nuestro país.

ABE es una iniciativa privada promovida por la Cámara de Comercio Americana del Perú (AmCham Perú) y que ha lanzado el “Premio ABE a la Responsabilidad Social Laboral 2014”. Para mayor información, ingrese a premioabe.com