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martes, 26 de agosto de 2014


Más de 115 mil personas regresaron a la ONP



Si usted está afiliado a una AFP (Sistema Privado de Pensiones – SPP), pero anteriormente estuvo inscrito en la Oficina de Normalización Previsional (ONP), puede regresar al sistema nacional a través de la Libre Desafiliación Informada.

Según datos de la ONP, el número de desafiliados del SPP desde julio del 2007 hasta julio del 2014 es de 115.030 personas.

¿Quiénes pueden solicitar su regreso? Todos los trabajadores que ingresaron a la ONP hasta el 31 de diciembre de 1995 y la suma de aportes entre ambos sistemas sea como mínimo 20 años.

Asimismo, todos aquellos que al momento de afiliarse a la AFP cumplían con los requisitos para obtener una pensión de jubilación en la ONP.

César Chang, vicepresidente de Operaciones de AFP Integra, indicó que los pasos a seguir son los siguientes: El afiliado debe registrar una solicitud de desafiliación, en base a la cual, la AFP le debe emitir un documento denominado “RESIT SPP” que incluye las aportaciones realizadas al SPP.

Luego, la AFP remite la información de los aportes a la ONP, la cual debe emitir en un plazo de 30 días legales el “RESIT SNP” en el que la ONP indica si procede o no la desafiliación.

De proceder el trámite, el afiliado debe firmar una Declaración Jurada, dando conformidad a su desafiliación, y asumiendo el diferencial de aportes que deberá cancelar a la ONP en caso existiera.

La Declaración Jurada es enviada por la AFP a la SBS, que emite la Resolución de Desafiliación en un plazo de 30 días. Esta Resolución es remitida a la AFP para que en un plazo de 30 días transfiera a la ONP todo el saldo de la cuenta.

Por su parte, Jaime Vargas, gerente comercial de Prima AFP, aseguró que la administradora deberá transferir a la ONP el saldo de la CIC (Cuenta Individual de Capitalización) y el valor del Bono de Reconocimiento, así como la rentabilidad generada en la CIC y los aportes voluntarios con fin previsional.

“A la fecha un total de 193.607 afiliados han presentado una solicitud de desafiliación”, mencionó.
Se debe señalar que la desafiliación es irreversible; por ello, antes de solicitar la Libre Desafiliación Informada, debe tener en cuenta las ventajas que implica permanecer en el SPP, como por ejemplo: genera rentabilidad a su fondo, se le ofrece tres tipos de fondo para realizar sus inversiones a corto y largo plazo, entre otros.

Tenga en cuenta que si bien la pensión mínima en la ONP es de S/. 415 mensuales, el 50% de la pensión, en promedio, es financiado con impuestos.

Claves
Los periodos aportados en ambos sistemas pensionarios son acumulables.

Si el afiliado tiene domicilio en Lima debe llamar a su AFP donde le indicarán la documentación que debe presentar.

Si el afiliado vive fuera de Lima debe acercarse a la oficina más cercana de su AFP, para que se le proporcione toda la información correspondiente

viernes, 1 de agosto de 2014


Empieza la afiliación de los trabajadores independientes a la ONP o AFP



La Sunat estima que unos 5,7 millones de personas ingresarán al sistema previsional.

Desde hoy empieza la afiliación previsional obligatoria de los trabajadores independientes menores de 40 años, ya sea en el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) o en el Sistema Privado de Pensiones (SPP).

Están incluidas aquellas personas que tengan una remuneración mensual mayor o igual a S/.750.

La Sunat estima que existen 5 millones 700 mil personas inscritas como trabajadores independientes y que deberán afiliarse y cotizar.

Los trabajadores independientes estarán obligados a aportar el 2.5% del monto emitido en sus recibos por honorarios a la AFP o el 5% a la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

Desde agosto en adelante, al aporte de AFP, de 2.5%, se le debe sumar 1.23% de la prima de seguros y el pago por la administración que le cobre la firma recaudadora.

Los que opten por la ONP pagarán una tasa de 5% el primer año. Luego será de 7.5% del 2015 al 2016, de 10% del 2016 al 2017, y de 13% a partir del 2017.

¿Quiénes son independientes?
Trabajadores independientes son quienes perciben rentas de cuarta categoría y quienes se hallan en el denominado cuarta-quinta, es decir, que brindan un servicio en forma independiente con contratos de prestación en el lugar y horario designados por quien lo requiere.