Considera que la protección legal a los altos funcionarios de la entidad se ha incrementado más de lo necesario.
En un informe elaborado en febrero conjuntamente por el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Mundial se detallan una serie de recomendaciones a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) para que adopten criterios adicionales en la aprobación de fusiones o adquisiciones en el sistema financiero.
Dichas fusiones, según el documento, deberían ser disuadidas, a menos que cumplan con las condiciones y análisis apropiados que debería tomar en cuenta la SBS que incluyan la información suficiente para un adecuado control y supervisión de cada una de las entidades que conformen un grupo financiero.
Dicho informe indica que los procesos de regulación deberían permitir conocer la identidad de los propietarios que resulten ser los beneficiarios finales de las asociaciones de entidades financieras.
En virtud de lo anterior, el regulador debería solicitar que las entidades inscriban por sí mismas a dichos beneficiarios como una precondición para conceder las autorizaciones.
Sobreprotección
Por otra parte, el documento señala que la protección legal de los altos funcionarios de la SBS ha sido incrementada más allá de los esfuerzos que son necesarios para proveerles una adecuada cobertura.
Hace mención de que la normativa vigente extiende el alcance de la protección legal en contra de acciones delictivas previstas para ex superintendentes y sus directores adjuntos.
Recuerda que el período de protección esta limitada a cinco años después de la finalización de su permanencia en el cargo. Las acciones legales más allá de ese límite continúan fuera de ley, finaliza. (Vanessa de Acosta / Gestion.pe)