viernes, 20 de enero de 2012

No dejes para última hora el pago de tus impuestos anuales



La temporada de verano no solo es propicia para las vacaciones, sino para alistar los documentos y cumplir con el pago anual de impuestos. La Sunat ya ha publicado el cronograma del Impuesto a la Renta (IR) y del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF). Los vencimientos serán entre el 26 de marzo y el 10 de abril, dependiendo del último dígito del RUC del contribuyente.

Los que tributan

¿A quién le corresponde pagar? Especialistas del Estudio Echecopar explican que deben hacerlo todos aquellos que obtuvieron ingresos anuales superiores a S/.31,500 como trabajadores independientes (cuarta categoría) y aquellos que obtuvieron ingresos de fuente mixta (cuarta y quinta categoría).

Las disposiciones de la Sunat incluyen a los contribuyentes que tienen rentas por el arrendamiento de bienes, muebles o inmuebles (primera categoría).

También deben cumplir con su obligación tributaria aquellos que obtuvieron ganancias por la transferencia de acciones o participaciones, siempre que tengan un saldo a favor del Fisco por regularizar (segunda categoría).

El pago de impuestos abarca, asimismo, a los contribuyentes que hubieran obtenido rentas de tercera categoría, es decir, las personas que perciben ingresos por tener una pequeña empresa (negocios unipersonales). Si en 2011 tuvieron ingresos gravados iguales o superiores a 500 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), tendrán que presentar un balance de comprobación.

Finalmente, el proceso involucra a las personas naturales o a las empresas que el año pasado hubieran realizado operaciones gravadas con ITF y que tuvieran que regularizar este impuesto. (Diario Peru21)