Como parte del paquete de normas especiales para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) dispuso que las notarías registren las operaciones que se efectúen a partir de los US$5,000 o su equivalente en moneda nacional.
La norma, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, indica que con este Registro de Operaciones (RO) se determinará a los usuarios que entren a dicha lista y hayan realizado una operación inusual o sospechosa.
En ese sentido, se precisa además que se registrarán las operaciones múltiples que en su conjunto igualen o superen los US$20,000 o su equivalente en soles u otras monedas, cuando se realicen en beneficio de una misma persona durante un mes calendario, en cuyo caso se considerará como una sola operación.
El dispositivo exceptúa operaciones como la transferencia u otro acto de disposición de bien inmueble a título oneroso o gratuito y/o garantía hipotecaria, donde el registro se hará para operaciones iguales o mayores a los US$30,000. Así, las transferencias o disposición de los bienes muebles a título gratuito se registran individualmente desde los US$5,000 y solo en operaciones múltiples a partir de los US$20,000.
En el caso de arrendamiento, usufructo, cesión en uso, derecho de superficie o actos de disfrute, se reportarán las sumas a partir de US$10,000 en operaciones individuales o US$30,000 en operaciones múltiples efectuadas en un mes. (biznews.pe)