La materialidad para el auditor de cuentas
Una de las herramientas clave para el auditor es la importancia relativa o materialidad. Entendemos este concepto como la magnitud que implica que un error pueda tener consecuencias para el destinatario de la información financiera.
Desde el punto de vista contable, no hay una gran diferencia. La materialidad también es un aspecto clave, reconocida incluso como principio contable: “Se admitirá la no aplicación estricta de algunos de los principios y criterios contables cuando la importancia relativa en términos cuantitativos y cualitativos de la variación que tal hecho produzca sea escasamente significativa y, en consecuencia, no altere la expresión de la imagen fiel”.
En auditoría, la materialidad es el grado de error a partir del cual se considera que la imagen fiel de las cuentas está distorsionada. Pero, en el desarrollo del trabajo de auditoría es prácticamente imposible revisar todas y cada una de las operaciones que realiza la empresa auditada, por lo que tampoco se pueden detectar la totalidad de los errores existentes. Para conseguirlo, el coste y la prolongación en el tiempo de los trabajos deberían ser de tal magnitud que implicaría que su ejecución fuera inviable. Así pues, para realizar la auditoría aplicando de forma eficaz los recursos y asegurar que los errores no detectados no sean significativos (eso es, minimizando el riesgo de emitir una opinión de auditoría errónea), el auditor necesita establecer un nivel de importancia relativa o error tolerable, de forma que le permita efectuar una selección de las operaciones a verificar.
Los umbrales de materialidad se calculan aplicando porcentajes sobre determinadas magnitudes contables (activo, resultados, cifra de negocio, etc). Pero, por lo que respecta a la información cualitativa que figura en la memoria de las cuentas, dada la casuística y diversidad de las afirmaciones, no es posible a priori establecer criterios que predeterminen de ningún modo lo que es material y lo que no lo es, por lo que no es posible establecer una norma sobre en qué casos la inclusión de informaciones erróneas o la no inclusión de información debe dar lugar a salvedades en el informe de auditoría. En consecuencia, debe ser el juicio profesional del auditor, basado en su experiencia y conocimientos, el que califique en función de la relevancia de la información errónea u omitida.
Para un auditor de cuentas, la importancia relativa se interpreta en términos de un usuario razonable, dado que al valorar una incidencia detectada durante el trabajo de auditoría, se evalúa si tal error puede afectar a las decisiones económicas de los usuarios de las cuentas (a los cuales se les supone que poseen una comprensión básica y razonable de las cuentas y tienen una buena aptitud para examinar la información contenida en las cuentas), dado que toman decisiones económicas basándose en la información de dichos estados financieros.
Aun así, estos usuarios (que pueden ser desde accionistas a órganos de administración, gestión, control externo, potenciales inversores, etc) pueden tener diferentes expectativas sobre las cuentas presentadas y esperar que la opinión de un auditor conforme sus necesidades particulares. El auditor tiene entonces que determinar qué informaciones erróneas u omisiones podrían afectar hipotéticamente a las decisiones que pudiera tomar uno de estos usuarios razonables, realizando un ejercicio de análisis e interpretación de lo que puede o no ser relevante para ellos, y poner de manifiesto en su informe de auditoría aquellos errores u omisiones contables que por su importancia cuantitativa o cualitativa afecten a la imagen fiel de las cuentas.
Por otra parte, cuando el auditor no pueda aplicar en su totalidad los procedimientos de auditoría sobre determinados epígrafes u operaciones, deberá decidir si incluye o no en el informe de auditoría una limitación al alcance en función también de la importancia relativa de dichos epígrafes u operaciones no verificados, y del riesgo de que existan errores significativos, evaluados de acuerdo con su juicio profesional y teniendo en cuenta la información y documentación de que sí haya dispuesto. Asimismo, debe considerarse también la materialidad para evaluar si resulta procedente o no la inclusión de incertidumbres en los informes de auditoría.
Por tanto, podríamos concluir que para determinar la materialidad, el juicio y la experiencia profesional del auditor prevalecen sobre cifras o porcentajes concretos.
Fuente: BBDO Auditores