domingo, 6 de enero de 2013

La Sunat aprobó formularios para declarar Impuesto a la Renta 2012


Quienes tengan un ingreso anual mayor a S/.30 mil, estarán obligados a presentar su declaración. El plazo es hasta el 2 de abril.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que estableció las disposiciones y formularios para que las personas naturales generadoras de renta y las empresas que se encuentran en el régimen general puedan presentar la Declaración Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) correspondientes al ejercicio 2012.

Una resolución de la Sunat, publicada recientemente, establece el cronograma de vencimientos de acuerdo al último dígito de Registro Unico del Contribuyente (RUC) de los contribuyentes, el cual será desde el 22 de marzo hasta el 2 de abril del 2013.

La norma señala que están obligados a presentar la Declaración Anual todas las personas naturales cuyos ingresos por sus servicios profesionales prestados de manera independiente (renta de Cuarta Categoría) hayan superado el monto de S/.31.938 durante el 2012.

Esta disposición también alcanza a las personas naturales cuya suma de su Renta Neta de Trabajo más la Renta Neta de Fuente Extranjera haya superado los S/.31.938.

La Renta Neta del Trabajo comprende los ingresos provenientes de las rentas de Cuarta Categoría (trabajo independiente) y de Quinta Categoría (trabajo dependiente, planilla).

MEDIDA INCLUYE A QUIENES RECIBEN RENTAS
Además se incluye a aquellos que han obtenido en el ejercicio 2012 ingresos por el arrendamiento de bienes muebles y/o inmuebles (rentas de Primera Categoría) un monto superior a los 31,938 soles.

De igual manera, están obligados los que obtienen rentas de Segunda Categoría (únicamente por ganancia en la transferencia de acciones y otros valores mobiliarios).

También deberán cumplir con esta disposición todos los contribuyentes que generen rentas de Tercera Categoría (empresas), comprendidos en el régimen general, con excepción de los comprendidos en el régimen especial del Impuesto a la Renta y el Nuevo Régimen Unico Simplificado (RUS).

La norma también aprueba el Programa de Declaración Telemática (PDT) N° 681 (Renta Anual 2012 – para personas naturales) y el PDT N° 682 (Renta Anual 2012- empresas e ITF), que estarán disponibles en el portal de la Sunat a partir de mañana (lunes) para presentar la declaración y efectuar el pago correspondiente.

Además, establece que las personas naturales que obtengan rentas de Primera Categoría y rentas de trabajo podrán utilizar el Formulario Virtual N° 681 – Simplificado Renta Anual 2012, más conocido como Declaración Simplificada, el cual estará a disposición de los contribuyentes a partir del 15 de febrero.

Precisó que en los casos que el importe a pagar sea cero, los contribuyentes deberán realizar la presentación de su declaración a través del portal de la Sunat.

ARCHIVO PERSONALIZADO DISPONIBLE
De otro lado, a partir del 15 de febrero estará disponible el Archivo Personalizado, que es una valiosa herramienta de información, de uso opcional, que ayudará al contribuyente a elaborar en un menor tiempo su declaración.

El archivo personalizado contiene información referencial de todas las rentas que haya obtenido, de los pagos directos que haya efectuado, así como las retenciones ejecutadas durante el 2012. (Andina).