¿Cuándo surge el derecho a la compensación por horas extras?
Cuando el trabajador labora por encima de su jornada ordinaria. Por ejemplo, si mi jornada ordinaria es de 40 horas semanales, se considera hora extra a partir de 40 horas y un minuto.
¿Quiénes tienen derecho al pago de horas extras?
Todos los trabajadores con excepción de: el personal de dirección, el personal no sujeto a fiscalización inmediata y los trabajadores que realizan labores intermitentes de espera vigilancia o custodia.
¿El personal de confianza tiene derecho a horas extras?
Sí, salvo que a su vez sea personal no sujeto a fiscalización (trabaje mucho tiempo en la calle o no tenga supervisor en el centro de trabajo)
¿Cómo sabemos si un trabajador ha realizado horas extras?
Todos los empleadores están obligados a llevar un registro de control de asistencia en el que los trabajadores deben registrar el ingreso y la salida. Este registro muestra también las horas extras realizadas.
¿Qué ocurre si el empleador no tiene registro de asistencia?
El trabajador puede demostrar haber realizado horas extras por otras vías, como correos electrónicos.
¿El trabajador tiene derecho al pago de horas extras aunque no hayan sido aprobadas por la empresa?
Sí, cuando el trabajador realiza horas extras, se presume que el empleador las ha aprobado. Si el empleador desea evitar que se generen horas extras sin su autorización, debe implementar mecanismos para que las personas no ingresen antes de la hora de entrada, ni se retiren después de la hora de salida. Inclusive se podría sancionar a los trabajadores que permanecen en la empresa sin autorización, pero igual se tendría que pagar las horas extras efectuadas.
¿Cómo se compensan las horas extras?
En principio se compensan en dinero, con un recargo de 25% por las dos primeras horas y de 35% por las horas siguientes. Sin embargo, las partes pueden acordar compensar el sobretiempo con descanso (1 hora de trabajo por 1 hora de descanso). En este supuesto, es importante que en el acuerdo quede claro el plazo dentro del cual se hará efectivo el descanso.