miércoles, 6 de enero de 2016

Trabajadores en planilla que ganen hasta S/ 27,650 este año no pagarán Impuesto a la Renta


Quienes ganen hasta 7 UIT al año están exonerados de pagar el IR, informó la Sunat. Alza de la UIT este año elevó monto de referencia: el 2015 había sido de S/ 26,950. Con el cambio, más trabajadores serán exonerados de impuestos, estimó Roberto Casanova, gerente senior de Tax & Legal deKPMG.

Además del efecto para los trabajadores con rentas decuarta categoría, el incremento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para este año (subió de S/ 3,850 a S/ 3,950) también beneficiará a los trabajadores con rentas de quinta categoría (en planilla), pues elevará la cifra de referencia para determinar a los trabajadores que serán exonerados de pago del Impuesto a la Renta (IR); y también elevará el monto de deducción para quienes sí pagarán impuestos.
La norma tributaria indica que los trabajadores en planilla que ganan hasta 7 UIT al año están exonerados de pagar el IR. Este 2016 la cifra de referencia será de S/ 27,650, un monto superior a los S/ 26,950 fijados el año pasado.
“Entonces, quienen ganen hasta S/ 27,650 no pagarán Impuesto a la Renta este año”, indicó a Gestion.peCarolina Alvarado, supervisora de Servicios al Contribuyente de la Sunat.
El cambio en la cifra de referencia implicará que más trabajadores en planilla sean exonerados del pago de IR, indicó por su parte Roberto Casanova, gerente senior de Tax & Legal de KPMG.
En el caso de los trabajadores en planilla, el pago del IR lo realiza directamente la empresa y hace retenciones adelantadas desde el inicio del año. Para ello realiza una proyección de los ingresos que recibirá el trabajador a lo largo del año, indicó Casanova.
Entre los ingresos que se toman en cuenta figuran las remuneraciones mensuales, las gratificaciones, utilidades, etc.
Por ello, a diferencia del caso de los trabajadores con rentas de cuarta categoría donde se establece un monto mensual de referencia para no pagar el IR, para el caso de los trabajadores con rentas de quinta no es recomendable fijar un monto mensual de referencia, sino mirar la proyección anual, indicó Alvarado.
Por otro lado, Casanova indicó que si el trabajador proyecta que ganará menos del monto tope anual pero la empresa inicia las retenciones, podrá solicitar a su empleador reevaluar esa acción, con el fin de evitar las retenciones.
Pero de no aceptarse este pedido, al año siguiente el trabajador podrá solicitar a la Sunat la devolución del impuesto pagado. Lo mismo sucede en caso los ingresos proyectados al inicio del año caigan repentinamente (pérdida del empleo, reducción de sueldo, etc.)
En ambos casos “el trabajador puede hacer la solicitud de devolución a Sunat desde el primer día hábil de enero del año siguiente”, anotó Casanova.
Pago del IR
Para el caso de los trabajadores cuyos ingresos anuales superan la cifra tope de S/ 27,650, deberán tributar el IR con diversas tasas de impuesto de acuerdo al monto gravable.

Al ingreso anual primero se hace una deducción de 7 UIT(por ello también beneficia el alza de la UIT) y al saldo resultante se le aplicará diversas escalas de tasas.
Si el saldo solo es de hasta 5 UIT, la tasa de IR será de 8%. Pero si el saldo es mayor, la tasa se irá incrementando progresivamente a 14%, 17%, 20% y 30%.