Buscan fortalecer mercado de capitales peruanos. Esta información será de acceso al público, refiere Ley Nº 29720.
En adelante, las sociedades o entidades distintas a las que se encuentran bajo la supervisión de Conasev, cuyos ingresos anuales por venta de bienes o presentación de servicios o sus activos totales sean iguales o excedan a 3,000 UIT, deberán presentar a dicha entidad sus estados financieros auditados por sociedades de auditoría habilitadas por un colegio de contadores públicos en el Perú.
Dicha presentación deberá realizarse conforme a las normas internacionales de información financiera y sujetándose a las disposiciones y plazos que determine la Conasev, siendo la UIT de referencia la vigente el 1 de enero de cada ejercicio, en cumplimiento de la Ley Nº 29720.
La norma fue publicada recientemente por el Congreso de la República, en uso de sus atribuciones constitucionales, con la finalidad de promover las emisiones de valores mobiliarios y fortalecer el mercado de capitales en el país. Busca, además, facilitar la obtención de capital por parte de las sociedades desde el mercado de valores e incrementa las facultades fiscalizadoras de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (Conasev).
Sobre esto último, la experta en derecho corporativo Carolina Castro explicó que en caso de que la Conasev detecte que alguna de las sociedades o entidades ya citadas incumpla con la obligación de presentar los referidos estados financieros anuales, podrá, con criterio de razonabilidad y proporcionalidad, imponerle la sanción administrativa de amonestación o multa no menor de una ni mayor de 25 UIT.
Castro, quien también integra el Estudio Rosselló, detalló que los estados financieros que se presenten al órgano supervisor serán de acceso al público.
Tener presente
Las sociedades involucradas deberán presentar a Conasev sus estados financieros auditados correspondientes a 2011, una vez cerrado el ejercicio, en la forma y condiciones que dicha entidad señale.